Formalización del trámite de Permiso Precario y Categorías

El trámite se formalizará de la siguiente manera:

 

1 - Solicitud de Permiso Precario, con una copia, (según FORMULARIO). 

2- Abonar el  arancel correspondiente de $600.- en efectivo, cheque, giro postal o bancario a la orden de SECRETARIA DE TURISMO. Cuenta Corriente Aranceles, N° 2617/74, Banco Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo

 

CATEGORIAS

Los futuros Agentes de Viaje podrán optar por una de las TRES (3) Categorías que se detallan a continuación:

 

A) EMPRESA DE VIAJES Y TURISMO (EVT)

Son aquellas que pueden realizar todas las actividades que determina el Art. 1º de la LEY 18829, para sus propios clientes, para otras agencias del país o del exterior o para terceros.

 

B) AGENCIA DE TURISMO (AT)

Son aquellas que pueden realizar todas las actividades que determina el Art. 1º de la LEY 18829, exclusivamente para sus clientes, incluyendo el turismo receptivo.

 

C) AGENCIA DE PASAJES (AP)

Son aquellas que sólo pueden actuar en la reserva y venta de pasajes en todos los medios de transporte autorizados o en la venta de los servicios programados por las Empresas de Viajes y Turismo y los Transportadores Marítimos y Fluviales.

 
IMPORTANTE
Todo trámite que no sea efectuado por los titulares deberá ser autorizado por poder.