Formalización del trámite de Permiso Precario y Categorías |
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El trámite se formalizará de la siguiente manera: |
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1 - Solicitud de Permiso Precario, con una copia, (según FORMULARIO). 2- Abonar el arancel correspondiente de $600.- en efectivo, cheque, giro postal o bancario a la orden de SECRETARIA DE TURISMO. Cuenta Corriente Aranceles, N° 2617/74, Banco Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo |
CATEGORIAS |
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Los futuros Agentes de Viaje podrán optar por una de las TRES (3) Categorías que se detallan a continuación: |
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A) EMPRESA DE VIAJES Y TURISMO (EVT) Son aquellas que pueden realizar todas las actividades que determina el Art. 1º de la LEY 18829, para sus propios clientes, para otras agencias del país o del exterior o para terceros. |
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B) AGENCIA DE TURISMO (AT) Son aquellas que pueden realizar todas las actividades que determina el Art. 1º de la LEY 18829, exclusivamente para sus clientes, incluyendo el turismo receptivo. |
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C) AGENCIA DE PASAJES (AP) Son aquellas que sólo pueden actuar en la reserva y venta de pasajes en todos los medios de transporte autorizados o en la venta de los servicios programados por las Empresas de Viajes y Turismo y los Transportadores Marítimos y Fluviales. |
IMPORTANTE
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