Antecedentes Personales

A fin de verificar los impedimentos a que hacen mención los Artículos 2º de la Ley 18829 y 7º del Decreto 2182/72, todas las personas que integran las agencias de viajes, unipersonales y sociedades de hecho, cada uno de los socios y en las sociedades constituídas hasta el nivel de socio gerente, gerente, director, directores suplente y síndicos titulares y suplentes, asimismo en todos los casos encargados de sucursal y personal técnico (idóneo) deberán gestionar en forma personal el Certificado de Antecedentes que otorga la Dirección General del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal cuya vigencia es de 30 días desde la fecha de emisión.

 

1-

Las personas que puedan realizar los trámites en la Capital Federal , deberán concurrir a la sede del citado Registro en Tucumán 1353 P.B., días hábiles de 7.30 a 19.00 hs. munidos con su D.N.I. Allí deberán completar un formulario similar, de solicitud de antecedentes, y presentarse a la obtención de impresiones dactilares.

a)

Asimismo deberán abonar la tasa de la Ley 22117 y el valor del formulario Ley 23412, cuyos importes ascienden a la suma de $ 5,70  y $ 20 (*)  o $34,70 trámite urgente respectivamente. El pago se puede realizar hasta las 16:00 hs.

 

Consulte www.jus.gov.ar/minjus/ssjyal/Reincidencia/RN_ATENPRIVADO.HTML

b)

En el rubro "OBSERVACIONES" del formulario Nº 1 deberá consignarse la forma de retiro del certificado (personal, envío por correspondencia, gestor, etc.)

2-

Las personas que efectúen sus trámites en el interior del país deben cumplimentar el FORMULARIO N° 1 efectuando la siguiente tramitación:

a)

Cumplimentar el formulario en todos sus rubros (a máquina o letra de imprenta) firmado y fechado.

b)

Junto con el mismo deberán remitirse las constancias del pago de los aranceles: Giro bancario de $.5,70 a la cuenta Nº 758/18-DGA- JUSTICIA-del Banco de la Nación Argentina (Casa Central)

Depósito de $ 20 (*) a la cuenta Nº 53679/50 SUCURSAL TRIBUNALES-FONDO COOPERADOR-Ley 23412 - Registro Reincidencia.

Este puede realizarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina del país.

c)

Las fichas dactiloscópicas deberán ser gestionadas ante la autoridad policial correspondiente a los domicilios de los causantes, y en ellas deberá constar el sello aclaratorio del funcionario policial responsable del trámite y el de la repartición policial.

d)

Fotocopias de la 1º y 2º página del D.N.I. - L.E. - L.C.

3-

Toda documentación será remitida a la DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA Y ESTADISTICA CRIMINAL, donde será procesada y se emitirá el correspondiente certificado.

4-

Deberá remitir a esta Dirección Nacional el ORIGINAL del certificado extendido.